Presentación Balances Obligatorio Compañías

Presentación Balances Obligatorio Compañías

Presentación Balances Obligatorio Compañías

Le explicamos acerca de la Presentación Balances Obligatorio Compañías del Ecuador

LEY DE COMPAÑÍAS.
Art. 20.- Las compañías constituidas en el Ecuador, sujetas a la vigilancia y control de la Superintendencia de Compañías, enviarán a ésta, en el primer cuatrimestre de cada año:
a) Copias autorizadas del balance general anual, del estado de la cuenta de pérdidas y ganancias, así como de las memorias e informes de los administradores y de los organismos de fiscalización establecidos por la Ley;
b) La nómina de los administradores, representantes legales y socios o accionistas; y,
c) Los demás datos que se contemplaren en el reglamento expedido por la Superintendencia de Compañías.

El balance general anual y el estado de la cuenta de pérdidas y ganancias estarán aprobados por la junta general de socios o accionistas, según el caso; dichos documentos, lo mismo que aquellos a los que aluden los literales b) y c) del inciso anterior, estarán firmados por las personas que determine el reglamento y se presentarán en la forma que señale la Superintendencia de compañia en Ecuador.
Concordancias:

CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, Arts. 193
LEY DE COMPAÑIAS, Arts. 20, 23, 442
CODIGO DE COMERCIO, Arts. 39, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 52, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 164, 211, 212, 214, 216

Presentación Balances Obligatorio Compañías de Ecuador



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